Consumo Legal

Blog dedicado exclusivamente a noticias relacionadas con Derecho del Consumidor y Libre Competencia

sábado, julio 22, 2006

Autopistas concesionadas se ha transformado en un fuerte dolor de cabeza para muchos, y no sólo porque durante ciertas épocas del año estas no han funcionado de la manera esperada sino porque además, han hecho ejercicio de atribuciones que hoy son calificadas como fuentes de enriquecimiento sin causa.


Radio Cooperativa, Viernes 21 de julio del 2006
El diputado Pablo Lorenzini (DC) señaló que la ley de concesiones "tiene que ser revisada" íntegramente, incluida la facultad de las autopistas de aumentar hasta en 40 veces una multa impaga. Añadió que las empresas que administran las vías "son buenas" para cobrar pero no para responder, por ejemplo, cuando hay apedreamientos o se atraviesan animales en el camino.

Modificaciones al Comercio electrónico

Sin duda alguna esta materia está llamada a convertirse en un foco de conflictos o en un eminente espacio de oportunidades. Queda mucho por hacer y en nuestra legislación, comienzan a surgir las iniciativas para fomentar su uso.

CL.LA HORA

VI 21/JUL/2006


Estudian regulación para el comercio electrónico

Aunque en Chile las ventas de la red se han multiplicado, aún persisten las desconfianzas entre los usuarios.

MILLONES son los usuarios que en Chile visitan a diario los sitios que ofrecen adquisiciones vía Internet. En América Latina. el comercio electrónico presentó ventas que superaron los US$4.300 millones durante 2005. En algunos países, las ventas crecieron explosivamente, como ha sido el caso de Venezuela, que registró un crecimiento de 185%; México, con un alza de 104%, y Chile, con un repunte de 100%.

Preocupados por la falta de regulación en esta materia, los diputados Gabriel Silber. Patricio Walker y Gonzalo Duarte (todos DC) presentaron al Sernac un proyecto que busca aumentar la información para los usuarios, a través de una especie de "Dicom de las empresas, un sistema que permitirá que los interesados puedan ingresar en los sitios a un link donde se informe claramente cuál ha sido el comportamiento de las empresas que ofrecen productos o servicios a través de Internet".

AL RESPECTO el diputado Silber -autor de la iniciativa explicó que "desde 1997 Chile dispone de un marco general de protección a los consumidores, pero hoy resulta necesario continuar en el esfuerzo de fortalecer el funcionamiento y competitividad de nuestra economía, la transparencia en la información disponible, y un adecuado equilibrio entre los distintos actores involucrados”.

“LA IDEA ES TERMINAR con las desconfianza y que los consumidores o usuarios puedan saber cómo se han comportado las empresas que venden a través de Internet, incorporando reclamos y respuestas en un lugar predeterminado; de esta forma, se busca un mayor dinamismo al mercado, estimulando la competitividad y facilitando las decisiones de los consumidores quienes dispondrán de una información mas acabada y transparente”, agregó.

La falta de regulaciones en este ámbito preocupa a los diputados autores de la iniciativa.

El sistema permitirá informarse del comportamiento que han tenido las empresas on iine.

Qué dice el proyecto

La iniciativa establece que todas las empresas legalmente representadas en nuestro país que dispongan de un dominio .cl, desde donde desarrollen publicidad, comercio electrónico y/o comercio convencional, deberán tener un enlace al sitio del Servicio Nacional de Consumidores (Sernac).



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martes, diciembre 27, 2005

El Retracto Educacional en Chile

El retracto es considerado como uno de los modernos derechos del consumidor. Le confiere la posibilidad de terminar unilateralmente ciertos contratos. La ley de protección de los derechos de los consumidores en Chile, consagró esta alternativa a partir del año 2004, y una de las áreas en la que se aplica, es precisamente en la educación superior o universitaria. Sin embargo para ejercer este derecho se requiere cumplir una serie de datos.
Aquí va un artículo de un diario austral chileno (Aysen) en que se aborda el tema.


CL.EL DIARIO DE AYSEN -AYSEN-LU 26/DIC/2005 Derecho a No pagar por una carrera que no se cursaRetracto en educación superior.Hasta antes de la reforma a la ley del consumidor, si un alumno decidía cambiarse de casa de estudios una vez matriculado en primer año, le resultaba prácticamente imposible recuperar el dinero o los documentos de pago que había entregado a la universidad o instituto profesional.No existía una norma que regulara este tipo de transacciones y solamente había que sujetarse a lo dispuesto en el respectivo contrato de servicios educacionales, el que por lo general no consideraba la devolución de la matrícula.Este derecho a retracto permite a todos los estudiantes de primer año de una carrera o programa de pregrado, poner término al respectivo contrato de servicios educacionales dentro del plazo de 10 días, contados desde la fecha de publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores, sin pago alguno por los servicios educacionales no prestados.Además, la ley declara que mientras esté vigente este plazo, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido: no pueden endosarlos, ni darlos en garantía, etc. Tampoco pueden entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.“Estamos concientes de que este tema es sensible para muchas familias y, además, de lo complejo que a veces resulta elegir dentro de las múltiples alternativas académicas que hoy existen. Por tanto, esta normativa otorga un mayor grado de tranquilidad en este proceso a alumnos y a sus familias”, señaló al ser consultada, Sandra Espinoza directora regional de SERNAC“La principal hipótesis que trata de cubrir esta norma es la del alumno que se matricula en una universidad privada y le exigen los documentos que respaldan el pago, por ejemplo, un pagaré. Y luego el alumno, que también postuló a una universidad estatal, fue aceptado y desea, por tanto, retirarse de la universidad privada o instituto, en la cual se había matriculado previamente, puede hacerlo”.La directora señaló que este derecho es aplicable a todas las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.El establecimiento debe devolver el dinero pagado por concepto de matrícula y la documentación que respalda el pago del respectivo período académico. Sólo se podrá retener hasta el 1% del arancel anual de la carrera, por concepto de gastos de administración.“Por ejemplo- indicó Espinoza- si una carrera tiene un arancel anual de $1.500.000, se dejarán hasta $15.000 por gastos administrativos en poder de la institución donde primero se había matriculado el estudiante”.Señaló que este derecho se ejerce durante los 10 días posteriores a la publicación de las postulaciones a las universidades del Consejo de Rectores. Para el período 2006 la publicación se completa el 27 de diciembre, por lo que el plazo para el retracto termina el viernes 06 de enero.El estudiante que solicite el retracto debe comprobar que cuenta con una nueva matrícula en otra institución, a través del documento que corresponda.La solicitud de retracto, es recomendable que se manifieste por escrito, a fin de que el estudiante se quede con una copia (timbrada con fecha de la recepción) para el caso de que existan problemas posteriores.Elegir informadoFinalmente Espinoza indicó algunas recomendaciones para los jóvenes que seben matricularse para el período 2006 de ingreso a las universidades. “Antes de matricularse en una institución de educación superior, los jóvenes deben informarse de todas las características relevantes del lugar donde quiere estudiar. Cabe recordar que en Chile el Consejo Superior de Educación reconoce la existencia de 60 universidades, 38 institutos profesionales, 94 centros de formación técnica.”Agregó que uno de los problemas más frecuentes en los reclamos que recibe SERNAC en las oficinas se refieren a detalles que los consumidores no leyeron en los contrato a la hora de firmar, por lo que fue enfática al señalar que los jóvenes y sus padres deben leer exhaustivamente todos los documentos antes de firmar el contrato y matricularte. “Es su derecho como consumidor o consumidora preguntar por todo aquello que no entiendan a la hora de firmar.”Es importante también una vez realizada la matrícula, solicitar y conservar una copia del contrato, del reglamento interno, de la malla curricular, y demás documentos pertinentes, para cumplir adecuadamente todos los compromisos que de ellos se deriven.En este tema, el sistema nacional de atención SERNAC Facilita registró entre los meses de enero a noviembre de 2005 un total de 202 reclamos, lo que significa un aumento de un 26% respecto al año anterior. Informó la directora que luego de la mediación realizada para estos casos por el SERNAC, que busca una solución voluntaria, la respuesta general de las universidades no fue del todo favorable, ya que sólo un 35% de las gestiones resultaron satisfactorias para los reclamantes. Este indicador se distancia notablemente del resto de las áreas del consumo, donde las cifras indican que en 2 de cada 3 casos el resultado de las mediaciones favorece al consumidor. No obstante, en comparación al año anterior, las respuestas positivas aumentaron un 10%.Finalmente indicó que de las Universidades registradas en el sistema, “la que presenta mayor cantidad de reclamos entre las del Consejo de Rectores es la Universidad Tecnológica Metropolitana (19 reclamos), y entre las privadas la Universidad de Ciencias de la Informática (18)”.

viernes, diciembre 23, 2005

Acción Colectiva y París

El décimo juzgado civil de Santiago procedió a declara admisible la acción colectiva que el SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor) deudujo en contra de Almacenes París, por cobro de intereses excesivos en operaciones de consumo a crédito. Fundamental resulta destacar, que nuestros tribunales han considerado a este Servicio como un actor legitimado para representar al grupo colectivo afectado, cuestión que permanentemente desconoció le empresa demandada. Adjunto el comentario de la prensa;


VI 23/DIC/2005 Esperan sea precedente para los juicios contra otras seis tiendasJusticia declara admisible acción de clase en contra de ParisFue declarada admisible la primera de siete acciones de clase que interpuso el Servicio nacional del Consumidor (Sernac), contra el mismo número de casas comerciales por considerar que cobran en sus tarjetas de crédito intereses por sobre la tasa máxima convencional. Con fecha 21 de diciembre la jueza del 10º Juzgado Civil de Santiago, Gloria Solís Romero, determinó declarar admisible la acción de interés colectivo, contra la tienda Paris.Entre los argumentos entregados por el Juzgado, se señala: “en este proceso se ha deducido una acción en defensa de derechos comunes a un conjunto determinable de consumidores; que dicha acción ha sido ejercida por el Servicio Nacional del Consumidor, sin que sea menester que el mismo acredite la representación de consumidores determinados del colectivo en cuyo interés actúa; que la conducta que se persigue afecta el interés colectivo de los consumidores, en tanto cuanto, si el cobro de intereses por sobre el interés máximo convencional se encuentra legalmente prohibido y sancionado, correlativamente los consumidores tienen derecho a que no se les cobren intereses excediendo dicho máximo convencional”.Igualmente precisa que “si en la acción ejercida se han determinado los proveedores, los períodos, los locales comerciales y las líneas de productos y en cuyas ventas a crédito se han cobrado intereses sobre el máximo convencional, incuestionable es que en la misma se han precisado las cuestiones de hecho que afectan el interés colectivo de los consumidores y los derechos afectados”.ReaccionesSegún una fuente ligada al proceso, este es un paso importante en la arremetida contra las casas comerciales dado que fija un precedente para los otros seis casos que restan en el mismo número de juzgados en Santiago.Ante esto, Ripley, Johnson´s, la Polar, Corona, ABC y Din, han tratado de dar soluciones alternativas a los tribunales.El director del Sernac, José Roa, se mostró muy satisfecho por esta resolución, pues aunque la empresa tiene cinco días para apelar, esta determinación da validez a los antecedentes entregados por el Servicio.La empresa afectada, Paris, sólo se remitió a señalar que “la resolución no está a firme ni ejecutoriada, por lo tanto, están pendientes los plazos legales para recurrir en relación a ella y se están estudiando sus contenidos”.

martes, noviembre 01, 2005

aumento de celulares ¿aumento de problemas?

Tendencia
Abonados a telefonía móvil se acercan a los 11 millones
Sábado, 29 de Octubre de 2005, 11h56
Fuente: INVERTIA

SANTIAGO, octubre 29.- Al cierre del tercer trimestre, el número de suscriptores a telefonía móvil alcanzó prácticamente los 11 millones, según lo informado por las operadoras del mercado local.

A la fecha, sólo Entel y Smartcom (filial de la mexicana América Móvil) han reportado sus resultados para el período enero-septiembre último. Los abonados a estas compañías más los 5,257 millones que reportó Movistar al 30 de junio suman 10,919 millones de usuarios.

Mientras Movistar se mantendrá como la principal compañía de la industria al informar sus resultados a septiembre en los próximos días, Entel conserva su segundo lugar, con 3,87 millones de usuarios.

Los abonados de Entel aumentaron en 26,7 millones desde septiembre del año pasado. Smartcom, por su parte, reportó esta semana 1,792 millón de abonados, anotando un crecimiento en 12 meses de 28,5 % interanual.

Este stock de celulares no necesariamente implica una penetración del servicio de 70% en la población, ya que un número importante de aparatos se halla en desuso, según las mismas compañías.

Aún así, las cifras de las empresas implican un crecimiento en 2005 muy superior al 10% que estimaron las mismas operadoras a inicios de año.

Respecto de los 9,2 millones de celulares con que cerró 2004, el stock aumentó 19% al 30 de septiembre.

Fuente: Tercera Digital